Chuquisaca
César Sánchez
30/05/2025 - 19:05

Sala Constitucional de La Paz deja en suspenso pago de más de Bs 700 millones de Soboce a Fancesa

Queda en suspenso el cumplimiento del fallo que ordenaba a la Sociedad Boliviana de Cemento (Soboce) el pago de Bs 744.315.432 en favor de la pública Fábrica Nacional de Cemento S.A. (Fancesa) por competencia desleal.

Collage: Internet

La Sala Constitucional Segunda de La Paz resolvió dejar sin efecto la decisión de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia que ratificó el fallo en contra de la privada Sociedad Boliviana de Cemento (Soboce) y confirmó el pago de Bs 744.315.432 en favor de la pública Fábrica Nacional de Cemento S.A. (Fancesa) por competencia desleal.

Según información de Correo del Sur, la Sala Constitucional ordenó que la Sala Civil de este alto tribunal emita una nueva resolución tomando en cuenta los argumentos esgrimidos en la audiencia de acción de amparo, dentro de los plazos procesales. Esta decisión constitucional pasa en revisión al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que en última instancia determinará si confirma o revoca el fallo de primera instancia en el área constitucional.

El mismo medio reportó que el procurador general del Estado, Ricardo Condori, manifestó su asombro y disconformidad con la decisión de la Sala Constitucional de La Paz y lamentó que los vocales hayan extralimitado en sus consideraciones al tomar en cuenta en su resolución elementos de "cosa juzgada" y fallar "ultraperita", más allá de lo que pidieron los accionantes.

El caso

En junio de 2010, Fancesa S.A. demandó por competencia desleal a la empresa Soboce, porque usando acciones de Fancesa obtuvo una línea de financiamiento de 35 millones de bolivianos para invertir en la plata de producción de Viacha – Soboce en desmedro de la empresa pública.

“Sustanciado el proceso en el Juzgado Público 4to en lo Civil y Comercial de la ciudad de Sucre, se emite la Sentencia N° 21/2013 del 6 de junio declarando Probada la demanda; el cual fue apelado por los demandados y luego confirmada la Sentencia de Primera Instancia a través de Auto de Vista N° 451/2013 del 19 de septiembre”, señalaba el fallo emitido por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.

Según informó la Procuraduría en su momento, Soboce debía pagar Bs 744 millones a la empresa cementera chuquisaqueña

Esa resolución fue recurrida en Casación y la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Auto Supremo 341/2015 del 21 de mayo, declaró Infundado el Recurso de Casación interpuesto por SOBOCE.

En este proceso, impulsado de manera conjunta por la Procuraduría, Fancesa S.A., Universidad Mayor de San Francisco Xavier y el Gobierno Departamental de Chuquisaca, la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia emitió el Auto Supremo 059/2025 que declara infundado el Recurso de Casación (anulación de sentencia) interpuesto por Soboce contra el Auto de Vista N° 365/2023.

Esta determinación ratificaba plenamente la Sentencia N° 122/2023 del 28 de junio que declaraba probada en su totalidad la demanda de resarcimiento de daños y perjuicios, incluyendo el pago de costas y costos procesales.

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